Los cálculos usan las cifras oficiales 2026 (salario mínimo CONASAMI) y la tabla de vacaciones vigente desde la reforma de 2023. Es una estimación de montos brutos.
Cómo funciona el cálculo
El finiquito se paga en cualquier terminación laboral, incluida la renuncia, e incluye las partes proporcionales que ya devengaste: días trabajados pendientes de pago, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. La liquidación aplica cuando hay un despido injustificado y suma, además del finiquito, la indemnización constitucional de 3 meses, 20 días de salario por año trabajado y la prima de antigüedad.
Partes del finiquito
Aguinaldo proporcional: días de aguinaldo (mínimo 15) × días trabajados en el año ÷ 365 × salario diario. Vacaciones pendientes: días que te corresponden según tu antigüedad menos los ya tomados, por salario diario. Prima vacacional: 25% del valor de esas vacaciones.
Tabla de vacaciones vigente (reforma 2023)
Ver días de vacaciones por año de antigüedad
Año 1: 12 días · Año 2: 14 · Año 3: 16 · Año 4: 18 · Año 5: 20. A partir del sexto año se suman 2 días por cada 5 años de servicio (años 6–10: 22 días, 11–15: 24, etc.).
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre finiquito y liquidación?
El finiquito se paga siempre que termina la relación laboral (incluida la renuncia). La liquidación aplica en un despido injustificado e incluye, además del finiquito, la indemnización de 3 meses, 20 días por año y la prima de antigüedad.
¿El finiquito paga ISR?
Sí. El patrón retiene ISR sobre varias partidas del finiquito y la indemnización con reglas del artículo 174 del Reglamento de la LISR. Esta calculadora muestra montos brutos; el neto depende de la retención.
¿La prima de antigüedad tiene tope?
Sí. Se pagan 12 días por año de servicio, pero el salario diario para este cálculo se topa a 2 veces el salario mínimo de la zona.