Calculadora de Prima Vacacional y Vacaciones 2026

Días de vacaciones que te tocan y tu prima vacacional · Con parte exenta de ISR · Gratis

Usa la tabla de vacaciones vigente (reforma 2023) y la UMA 2026 ($117.31). Prima vacacional exenta de ISR hasta 15 UMA = $1,759.65.

Tu prima vacacional estimada (bruta)
$0.00
La parte gravable causa ISR. Es una estimación informativa, no asesoría fiscal.

Vacaciones en México: qué dice la ley desde la reforma de 2023

La reforma conocida como "Vacaciones Dignas", vigente desde el 1 de enero de 2023, duplicó las vacaciones mínimas en México. El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece ahora que el trabajador con un año de servicio disfruta de 12 días hábiles de vacaciones pagadas, y el periodo aumenta 2 días por año hasta llegar a 20 en el quinto año. A partir del sexto, se agregan 2 días por cada 5 años de servicio.

Tabla de vacaciones por antigüedad

Años de servicioDías de vacaciones
112
214
316
418
520
6 a 1022
11 a 1524
16 a 2026
21 a 2528

¿Qué es la prima vacacional y cómo se calcula?

La prima vacacional es un pago adicional para que el trabajador disponga de un ingreso extra durante sus vacaciones. El artículo 80 de la LFT fija el mínimo en el 25% del salario que corresponde a los días de vacaciones. La fórmula es simple:

Prima vacacional = días de vacaciones × salario diario × 25%

Ejemplo resuelto

Sueldo de $15,000 → salario diario de $500. Con 3 años de antigüedad corresponden 16 días de vacaciones. Valor de las vacaciones: 16 × $500 = $8,000. Prima vacacional: 25% × $8,000 = $2,000. De ese monto, $1,759.65 estarían exentos de ISR (15 UMA) y $240.35 serían gravables.

Prima vacacional e ISR

La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 UMA (artículo 93 de la Ley del ISR). Con la UMA 2026 de $117.31, la parte exenta es de $1,759.65; el excedente se suma a tu ingreso gravable del periodo. Si quieres ver cuánto ISR te retendrían, usa la calculadora de ISR 2026.

Reglas importantes sobre las vacaciones

Las vacaciones deben disfrutarse dentro de los seis meses siguientes a cumplir cada año de servicio, y el trabajador tiene derecho a tomar al menos 12 días de forma continua si así lo decide. La ley prohíbe cambiar las vacaciones por dinero mientras la relación laboral siga vigente (art. 79 LFT): el descanso es irrenunciable. Solo cuando la relación termina, los días no disfrutados se pagan en el finiquito, junto con su prima. El derecho a reclamar vacaciones no disfrutadas prescribe en un año contado desde que fueron exigibles.

Preguntas frecuentes

¿La prima vacacional es obligatoria?

Sí. La ley obliga a pagar mínimo el 25% del salario de tus días de vacaciones. Tu empresa puede dar un porcentaje mayor.

¿Cuándo se paga?

Lo correcto es pagarla cuando disfrutas tus vacaciones. Algunas empresas la pagan en el aniversario laboral o en una fecha fija anual definida en contrato o política interna.

¿La prima vacacional paga ISR?

Está exenta hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026). El excedente es gravable.

¿Los días de vacaciones son hábiles o naturales?

Hábiles. Los domingos y días de descanso obligatorio no se cuentan dentro de tus días de vacaciones.

¿Qué pasa con mis vacaciones si trabajo menos de un año?

Tienes derecho a la parte proporcional. Si la relación termina antes del año, esa proporción se paga en el finiquito con su prima vacacional.

Otras calculadoras que te pueden servir

Aviso: cálculo informativo basado en la Ley Federal del Trabajo y la UMA vigente. No constituye asesoría legal ni fiscal.